La tutela fue una figura jurídica reconocida en el antiguo régimen y se caracterizó por la habitualidad con la elevada mortalidad entre los progenitores. Para mantener a los menores se nombraba a un tutor que, además de garantizar la educación del menor, tenía que costear sus necesidades alimentarias y de todo tipo. Para ello, tomaba las rentas que habían dejado los padres del dicho huérfano en calidad de administrador. Tenia del mismo modo que asegurar un buen uso de este patrimonio porque, en último término, no le pertinacia y porque seria propiedad del menor una vez alcanzara la edad adulta. El tutor tenia que sanear las cuentas pagando las deudas contraídas por los progenitores y tenia que procurar en la medida de lo posible que este patrimonio se acrecentara. En la mayoría de las ocasiones este oficio fue catalogado por la propia legislación de gravoso cargo, tal y como señala María Gema Cava López. En muchas ocasiones, había desinterés por afrontar tan laborioso cargo (a excepción de aquellas en las que el patrimonio resultaba ser de gran importancia), por lo que se presentaron alicientes para aquellos que lo fueran a afrontar como la concesión de una decima parte del rendimiento de los bienes administrados.
Colección: Textos
Cronología: XVIII
Ámbito: Educación Secundaria, Bachillerato, Universidad
Enlace: http://rua.ua.es/dspace/handle/10045/4630
Tipo de recurso: Fuente histórica
Fuente: A(rchivo) H(istórico) P(rovincial) de C(áceres). Sección Protocolos. Robledillo de Gata. Año 1705. Caja 1.563; legajo 12
Idioma: castellano
Fecha: 1705
Propietario: Djebril Bouzidi (Modernalia)
Identifier: A(rchivo) H(istórico) P(rovincial) de C(áceres). Sección Protocolos. Robledillo de Gata. Año 1705. Caja 1.563; legajo 12
Resumen: Proceso en el que se observa la toma del cargo de un turor y sus obligaciones para con su pupilo, y la gestion de bienes que por minoria de edad del segundo se le dejan al tutor en calidad de administrator
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